
Tener un aborto
Fatwa nº. 17576
Alabado sea Allah, y que la paz y las bendiciones sean sobre Su Mensajero, su familia y Compañeros.
(Parte N º 21, página N º 435)
Para continuar,
El Comité Permanente para la Investigación Académica e 'Ifta ha revisado la solicitud presentada a Su Eminencia el Gran Mufti por su excelencia el Director General de Hospitales del Ministerio de Salud, que fue remitida a la Comisión de la Secretaría General del Consejo de Expertos Superiores bajo nº (2768) a fecha 02/07/1415 DH. La siguiente pregunta fue hecha:
Muchas investigaciones se han enviado al Ministerio de salud de algunos departamentos de salud acerca de la edad a partir de la cual se dice que el feto ha muerto y por debajo ella se dice que han sido abortados. Dado que esta cuestión se refiere a aspectos islámicos y legales, esperamos que su Eminencia nos de unaFatwa sobre la edad del feto que distingue el aborto de la muerte, para que podamos informar a los departamentos de salud y actuar en consecuencia.
Después de considerar la solicitud de Fatwa, el Comité dio la siguiente respuesta:



(Parte N º 21, página N º 436)
No está permitido tener un aborto durante esta etapa debido a un temor para enfrentar dificultades en la crianza de los niños, al no poder proveer para ellos y no poder educarles, tener temores acerca de su futuro, o debido a que ya tienen suficientes hijos.



Estas decisiones son diferentes dependiendo de la etapa del embarazo en que el aborto tenga lugar.
Son las siguientes:
La primera legislación: Que el aborto tenga lugar durante las dos primeras etapas, es decir,
(Parte N º 21, página N º 437)
el Nutfah (gotas mezcladas de descarga sexual masculina y femenina) durante los primeros cuarenta días de embarazo en el que el óvulo fertilizado se adhiere al útero, y el ‘Alaqah en el que el óvulo fertilizado se convierte en sangre coagulada en los segundos cuarenta días de embarazo hasta el octogésimo día de embarazo.
Durante estas dos etapas, si se lleva a cabo un aborto, no habrá legislaciones posteriores para ella sin desacuerdo entre los sabios (es decir, los sabios tienen consenso en esto). En consecuencia, la mujer no debe dejar de realizar el Salah (Oración) o el Sawm (ayuno) como si no estuviera sujeta a ningún aborto. Ella sólo tiene que realizar el wudu (ablución) para cada Salah si hay sangre, pues este caso es similar al Istihadah(sangrado vaginal anormal fuera del período menstrual o posparto).
La segunda legislación: El aborto puede tener lugar durante la tercera etapa, que es la etapa del mudgah, es decir, un trozo de carne. Durante ella los rasgos humanos del feto comienzan a aparecer durante los terceros cuarenta días de embarazo, desde el día ochenta y uno de gestación hasta el día ciento veinte.
Se trata de dos casos:


(Parte N º 21, página N º 438)
posparto y su período de espera por sangrado .
La tercera legislación: El aborto puede tener lugar durante la cuarta etapa después de que el alma haya sido insuflada en el feto, la cual es desde el principio del quinto mes de embarazo, desde el ciento veintiún día de embarazo en adelante. Se trata de dos casos:


Que Allah nos conceda el éxito. Que la paz y las bendiciones sean sobre nuestro Profeta Muhammad, su familia y Compañeros.
El Comité Permanente para la Investigación Académica e 'Ifta.
Traducido del Inglés al Castellano por: Hayat al’andalusia para www.islamentrehermanas.com
Inglés: Click aquí para leer.
Castellano: http://hayatbuscalugarenelparaiso.blogspot.com/2012/12/tener-un-aborto-y-sus-diferentes.html